Mediante un comunicado publicado el día de ayer, dieron por sentada la decisión que tomó el Consejo Directivo Provincial.

Mediante un comunicado firmado por Cesar Baliña, Secretario Gremial ATE CDP, Carlos Gonzalez, Secretario de Organización ATE CDP, Vanina Rodríguez, Pro secretaría ATE CDP y Gloria Canaviri, Directora departamental de Salud Laboral ATE CDP, dieron a conocer que las escuelas que poseen problemas de infraestructura no sigan teniendo clases.

En nombre y representación del Consejo Directivo de la Provincia de Buenos Aires de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE),  ante los hechos por los cuales perdieron la vida dos trabajadores de la Escuela Primaria Nº 49 de Moreno, mediante la reunión del día de ayer, se ha resuelto que las escuelas con graves problema de infraestructura, tales como:
– Instalaciones y/o equipos eléctricos deficientes



– Desprendimientos de mampostería



– Pérdidas de gas, artefactos en mal estado de conservación y funcionamiento



– Peligro de derrumbes en cualquier lugar de la escuela



– Falta de mantenimiento de la red cloacal, pozo ciego o planta de tratamiento



– Problemas con pozos ciegos que impliquen posible derrumbe



– Filtraciones graves que pongan en riesgo los cielorrasos y/o electrifiquen las
paredes



– Otras situaciones que conlleven riesgos graves para la salud de los trabajadores

A través del documento, agregan que los argumentos para llevar adelante esta acción son a través de la Personeria Juridica y Gremial Nº 2 del Consejo Directivo Provincial, ubicado en 8 entre 55 y 56, de la ciudad de La Plata; ingresando a http://www.atepba.org.ar o con los e-mails: administrativa@atepba.org.ar / secprensa@atepba.org.ar / secgremial@atepba.org.ar / secfinanzas@atepba.org.ar / atestudios@atepba.org.ar / info@atepba.org.ar

El Convenio 155 de la OIT sobre seguridad y salud delos trabajadores, se expresa claramente que “si en tu lugar de trabajo existe un riego grave o inminente para tu salud, podes SUSPEDER tus tareas en defensa propia. Reglamento General de Instituciones Educativas, según lo establecen los Artículos 195 y 196, esta acción estará a cargo del Equipo Directivo. En caso de ausencia o negativa del mismo, la norma habilita a los delegados a actuar de la misma forma (Ley N º 23.551 – artículo 40…43 entre otros, Asociaciones Sindicales) y el mismo reglamento en el capítulo Plan de Prevención de Riesgos según los Art. 110 a 116. Además de las recomendaciones del Programa GIRE (Gestión Integral del Riesgo en las Escuelas) donde desarrolla la Guía para el Control de Emergencias y Evacuaciones como una manera de llevar al ámbito escolar las pautas básicas para prevenir e intervenir ante cualquier emergencia. Con el argumento de todos los puntos anteriores deberán redactar un acta respecto de la suspensión, con la mayor descripción de la situación posible y de forma inmediata tendrán que elevar la denuncia correspondiente ante las autoridades educativas (Consejo Escolar, Jefatura Distrital de Educación), Ministerio de Trabajo y al sindicato he instar a la URGENTE convocatoria a la UGDE (Unidad Educativa de Gestión Distrital) y a conformar el Comité Mixto de Salud y Seguridad que rige bajo la Ley 14.226″.