Al cumplirse 20 años del asesinato del fotógrafo José Luis Cabezas, el Vicepresidente de la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, Ramiro Gutiérrez (Frente Renovador), reclamó: “Espero que este año se proteja de verdad la libertad de expresión en la Argentina”. Además, pidió que se debata en el Congreso la ampliación de los derechos de libertad de expresión en su totalidad.

El diputado del Frente Renovador, recordó que el anacrónico Código Penal Argentino sólo se refiere “a la libertad de prensa”, y castiga con la irrisoria pena de uno a seis meses de prisión (que siempre será en suspenso) al que “impidiere o estorbare la libre circulación de un libro o periódico, según lo establece el artículo 161 del Código Penal”.
PROYECTO DE LEY DEL CÓDIGO PENAL JUSTO PRESENTADO Y REDACTADO POR EL DIPUTADO NACIONAL SERGIO MASSA
Delitos contra la libertad de expresión y prensa
ARTÍCULO 174.- Atentado a la libertad de expresión y prensa.
1. Será reprimido con prisión de UNO (1) a TRES (3) años, el que por cualquier medio directo, indirecto o encubierto, turbare, afectare, azuzare o suprimiere en forma antijurídica la actividad periodística, o la libre difusión de la opinión e información.
2. El máximo de la pena se elevará a CUATRO (4) años, cuando cualquiera de los delitos previstos en este Código se cometieren con la finalidad de turbar, afectar, censurar o suprimir la actividad periodística o la libre difusión de la opinión e información.
3. Se impondrá la pena del apartado anterior, cuando el delito se cometiere con la participación, intervención o colaboración de un funcionario público.
fuente: qcircule

