En la tarde de este lunes pasadas las 19 horas el gremio conducido por Carlos Quintana logró alcanzar un acuerdo para el personal 10430.
Tras la reunión paritaria UPCN logró traspasar $700 al sueldo básico de la categoría 5 30 hs provenientes de la suma fija remunerativa de $4.000 prevista en el Decreto N° 120/20.
La suma fija remunerativa prevista en el Decreto 120/20 quedará fijada en $3.300.
Adicionalmente se incorporan $50 nuevos al sueldo básico.
De esta manera el sueldo básico de la categoría 5 30 hs se incrementa en $750, lo que representa un incremento de 12,71% en el valor del módulo y en el sueldo básico de todas las categorías y regímenes horarios, respecto de diciembre 2019.
A la vez, la información oficializada por Diego Retola expresa mensualizar el concepto No Remunerativo No Bonificable denominado COMPLEMENTO POR CALIDAD Y CONTINUIDAD DEL SERVICIO previsto en el Decreto 832/20.
El monto mensual será entonces de $345 y comenzará a abonarse en enero 2021.
mensualizar el concepto No Remunerativo No Bonificable denominado COMPLEMENTO POR CALIDAD Y CONTINUIDAD DEL SERVICIO previsto en el Decreto 832/20.
El monto mensual será de $345 y comenzará a abonarse en enero 2021.
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
PROPUESTA INTEGRAL PARA EL PERSONAL ENMARCADO EN LA LEY N° 10.430
11 de enero 2021
Para TODOS los trabajadores de la Ley 10.430 la representación estatal propone a partir del 1° de diciembre 2020:
I. Traspasar $700 al sueldo básico de la categoría 5 30 hs provenientes de la suma fija remunerativa de $4.000 prevista en el Decreto N° 120/20.
La suma fija remunerativa prevista en el Decreto 120/20 quedará fijada en $3.300.
Adicionalmente se incorporan $50 nuevos al sueldo básico.
De esta manera el sueldo básico de la categoría 5 30 hs se incrementa en $750, lo que representa un incremento de 12,71% en el valor del módulo y en el sueldo básico de todas las categorías y regímenes horarios, respecto de diciembre 2019.
II. Adicionalmente se propone un incremento de 1% en los sueldos básicos y en todas las bonificaciones remunerativas fijas respecto de los valores vigentes en diciembre 2019.
De esta manera el incremento acumulado a diciembre alcanza los siguientes porcentajes:
• 27,71% en el sueldo básico1
(Montos resultantes Anexo I)
• 27,71% en las Sumas Fijas Dto 293/20 art. 2° y 3° (adicional por función previsto en Dto.
2888/05 para delegados del registro de las Personas y en el Dto. 3536/06 para los Delegados y subdelegados del IOMA) (Montos resultantes Anexo II)
• 15% en sumas fijas Dto 293/20 anexos 1d, 1c, 1e (Montos resultantes Anexo III)
• 15% en Bonificación remunerativa Fija para Auxiliares de la Educación (Dto 293/20 anexo 1f) a cuyo resultado se adiciona el incremento de $ 1.847 otorgados en septiembre 2020 (Monto resultante Anexo IV)
III. Se propone, mensualizar el concepto No Remunerativo No Bonificable denominado COMPLEMENTO POR CALIDAD Y CONTINUIDAD DEL SERVICIO previsto en el Decreto 832/20.
El monto mensual será de $345 y comenzará a abonarse en enero 2021.
Se mantiene la proporcionalidad en el pago del concepto aplicándose la misma sobre el monto mensual: una (1) inasistencia implica el pago del setenta y cinco por ciento (75%) del monto mensual y dos (2) inasistencias implican el pago del cincuenta por ciento (50%).
1 14% acumulado a noviembre + 12,71% punto I + 1% punto II=27,71%%
Las inasistencias a considerar serán las ocurridas en el mes inmediato anterior (para el primer pago mensual con los haberes del mes de enero 2021 se tomarán en cuenta las inasistencias ocurridas en diciembre 2020)
Se incorporan como licencias que no serán consideradas inasistencias a los efectos del pago del COMPLEMENTO POR CALIDAD Y CONTINUIDAD DEL SERVICIO las siguientes:
1. Licencia Donación de sangre
2. Licencia por enfermedad
3. Licencia por atención de Familiar enfermo
4. Licencia por pre-examen, examen o integrar mesa examinadora
5. Descanso Extraordinario Personal de Salud Resolución Conjunta del Ministerio de Salud y Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros N°155/20 IV. Se propone abonar un Bono extraordinario consistente en una Suma Fija No Remunerativa No Bonificable, por persona, de $4.000 a pagar en 2 cuotas iguales de $2.000 c/u.
La primera cuota será liquidada, de ser operativamente posible para cada organismo, mediante liquidación complementaria durante el transcurso del mes de enero y la segunda con el sueldo devengado de dicho mes (enero 2021). En caso de no resultar posible para algún organismo liquidar en forma complementaria la primera cuota, la misma deberá liquidarse conjuntamente con la segunda cuota para ser percibidas con los salarios devengados del mes de enero 2021.
Tendrán derecho a la percepción del Bono aquellas personas cuyo salario al mes de enero 2021, neto de aportes personales asistenciales y previsionales, resulte inferior a $35.000.
El salario neto del mes de enero, para considerar si corresponde o no el pago del bono, excluye asignaciones familiares y horas extras.
V. Durante el transcurso del mes de febrero se convocará a las partes para comenzar a delinear la política salarial correspondiente al año 2021.
VI. De acuerdo a lo solicitado por las organizaciones sindicales, el Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires se compromete, en el marco de la Primera Paritaria que se convocará en el mes de febrero para discutir los salarios del año 2021, a abordar la discusión sobre la
viabilidad de incorporar al salario el Bono Extraordinario no remunerativo de $ 2.000 acordado en la paritaria del 6 de octubre de 2020 y en la presente audiencia.
VII. En relación con las mesas sectoriales solicitadas en diversas audiencias, principalmente durante el mes de octubre 2020, se propone que próximamente se acuerde un orden de prioridades o un calendario para dar comienzo a dichas mesas.
VIII. En relación con la solicitud de abordar las problemáticas de los trabajadores informáticos (nomenclador, categorías interinas, etc.) el Estado Empleador propone generar una mesa de discusión y avance con primer encuentro en la segunda semana de marzo, a fin de
poder elaborar un diagnóstico y propuestas.
IX. La representación Estatal hace saber que ve de buen grado la actualización de la legislación vigente en materia de empleo público en la Provincia, así como también discutir consecuentemente un Convenio Colectivo de Trabajo que regule la mayor cantidad de institutos
posibles. Consecuentemente, hace saber su compromiso para avanzar en este sentido y a solicitud de las organizaciones sindicales convocará a una mesa inicial de discusión en el mes de marzo.


